* De particular relevancia será también, al igual que en Paraguay, como se verá más adelante, la creación de la Dirección de Adolescencia y Juventud del Ministerio de Salud de la Nación.
** Asimismo, con la reforma del Código Civil y Comercial en 2015 se introdujeron algunas modificaciones importantes a partir de consideraciones sobre la salud y la prestación de consentimiento sin adultos a partir de los 13 años, si no hay riesgo para la vida, y desde los 16 años, como si fueran mayores de edad.
*** Este Plan busca garantizar el derecho a la educación y fortalecer las trayectorias educativas de jóvenes que quieran formarse profesionalmente, finalizar su educación obligatoria o estén estudiando una carrera del nivel superior. Se prioriza grupos en condición de vulnerabilidad: mujeres con hijos/as que se encuentren a cargo de un hogar monoparental, integrantes de las comunidades indígenas y/o pertenecientes a pueblos originarios, personas trans, travestis y las personas con discapacidad. Para más información, véase: https://www.argentina.gob.ar/educacion/progresar
**** Los temas tratados son sexualidades, métodos anticonceptivos, diversidad, relaciones sin violencias, trastornos de la conducta alimentaria, consumos problemáticos, prevención del suicidio, violencia en las escuelas (bullying), acoso laboral (mobbing) y acoso sexual virtual (grooming) https://www.hablemosdetodo.gob.ar/quienes-somos/