Estructura

Funcionamiento

El ISM es parte de la institucionalidad del MERCOSUR y tiene sede en la ciudad de Asunción, Paraguay.

Instancia técnica de la CCMASM y RMADS, cuenta con un Consejo Directivo, dos Departamentos: Administración y Apoyo Técnico; e Investigación y Promoción de Políticas Sociales Regionales.

Sede

La actual sede está ubicada en la ciudad de Asunción, dentro del Edificio de la Cooperativa Universitaria, sobre la calle Del Maestro 1560, entre San Martín y O’Higgins.

 

Departamentos

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Direccón Ejecutiva

Art. 1 – La estructura organizativa del Instituto Social del MERCOSUR (ISM) está integrada por una Dirección Ejecutiva, un Departamento de Investigación y Promoción de Políticas Sociales Regionales y un Departamento de Administración y Apoyo Técnico.

Art. 2 – La Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, que es el máximo responsable del ISM.

Art. 3 – El Director Ejecutivo, que debe ser nacional de uno de los Estados Partes, será designado por el CMC, siguiendo el criterio de rotación de nacionalidades por orden alfabético, a propuesta de la Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social (RMADS), por un período de dos (2) años estando prohibida su reelección.

 Art. 4 – El Director Ejecutivo deberá poseer formación académica no inferior a maestría, tener conocimiento operativo de los dos idiomas oficiales del MERCOSUR y amplio conocimiento sobre el funcionamiento del MERCOSUR. Asimismo, deberá acreditar una experiencia laboral en gestión institucional no inferior a cinco (5) años en materias afines al cargo.

Art. 5 – El Director Ejecutivo es responsable por el adecuado cumplimiento del conjunto de las tareas atribuidas al ISM y por su gestión técnica, administrativa, financiera y patrimonial. Compete a la Dirección Ejecutiva:

  1. representar institucionalmente al ISM;
  2. presentar al Consejo del ISM propuestas y el Plan de trabajo del ISM de acuerdo con los lineamientos estratégicos y con las actividades encomendadas al ISM, así como ejecutar las acciones específicas para su implementación;
  3. elaborar el anteproyecto de presupuesto del ISM, en los términos de la Resolución GMC N° 60/18, sus modificatorias y/o complementarias;
  4. ejecutar el presupuesto del ISM, en los términos de la Resolución GMC N° 60/18, sus modificatorias y/o complementarias;
  5. prestar asistencia, asesorar y mantener informados a la RMADS y al Consejo del ISM sobre los temas de su competencia;
  6. coordinar la realización de las acciones, estudios e investigaciones que le sean solicitados por la RMADS, el Consejo del ISM o, a través del Foro de Consulta y Concertación Política (FCCP), por otros órganos de la estructura institucional en materias vinculadas a políticas sociales. En este último caso, el FCCP evaluará la necesidad de gestionar apoyo adicional, de carácter temporario, para la realización de las actividades solicitadas;
  7. proponer y ejecutar convenios sobre materias vinculadas a las competencias del ISM, en los términos de la Resolución GMC Nº 15/20, sus modificatorias y/o complementarias, a los efectos de establecer mecanismos de articulación y cooperación con instituciones académicas y/o de investigación y organismos regionales especializados que le permitan un mejor cumplimiento de sus funciones;
  8. gestionar recursos provenientes de contribuciones de instituciones públicas y privadas, de Estados Partes del MERCOSUR y/o de cooperación internacional, en los términos y bajo los procedimientos establecidos por la normativa MERCOSUR en la materia;
  9. coordinar la ejecución de los proyectos de cooperación internacional aprobados con base en propuestas del Consejo del ISM, de conformidad con lo establecido en la Decisión CMC N° 23/14, sus modificatorias y/o complementarias;
  10. articular, coordinar y supervisar las actividades de las áreas del ISM;
  11. cumplir con las funciones que le asigna la normativa MERCOSUR, en particular las incluidas en la presente Decisión, en su carácter de máximo responsable del ISM;
  12. dictar instrucciones de servicio a los efectos de regular cuestiones relativas al funcionamiento interno del ISM, de conformidad con la normativa MERCOSUR aplicable. Dichas instrucciones deben ser remitidas mensualmente a las Coordinaciones Nacionales del GMC.

Art. 6 – El Director Ejecutivo será reemplazado, en caso de ausencia o impedimento, por un funcionario del ISM a ser designado por los Coordinadores Nacionales del GMC.

 

Administración y Apoyo Técnico

Investigación y Promoción de Políticas Sociales Regionales

Art. 8 – El Departamento de Administración y Apoyo Técnico está a cargo de un Jefe de Departamento, responsable ante el Director Ejecutivo, y tiene las siguientes funciones:

  1. asistir al Director en las actividades relativas a la administración financiera, presupuestaria, contable y de recursos humanos del ISM;
  2. elaborar, de acuerdo con lo establecido en la normativa MERCOSUR, el anteproyecto de presupuesto del ISM, a ser considerado y aprobado por el GMC;
  3. practicar todos los actos necesarios para la correcta ejecución del presupuesto del ISM y mantener los correspondientes registros contables y el archivo de la documentación respaldatoria respectiva;
  4. preparar la Rendición de Cuentas Anual del ISM, a ser considerada y aprobada por el GMC;
  5. ejecutar los actos de compra y enajenación de bienes y contratación de servicios para el ISM, de conformidad con los procedimientos y normas MERCOSUR vigentes;
  6. efectuar pagos a los proveedores, registrar y controlar la liquidación de créditos y débitos, emitir documentos de pagos y recibos, hacer transferencias y responsabilizarse por la custodia de los fondos y valores del ISM;
  7. mantener actualizado el inventario de bienes del ISM;
  8. mantener el sistema de registro y control de proveedores y contrataciones;
  9. preparar la documentación para la contratación de personal;
  10. ejecutar y gestionar proyectos desarrollados con recursos provenientes de contribuciones de instituciones públicas y privadas de los Estados Partes del MERCOSUR y/o la cooperación internacional, así como los proyectos financiados con recursos del FOCEM, en los términos establecidos por la normativa MERCOSUR en la materia.

Art. 7 – El Departamento de Investigación y Promoción de Políticas Sociales Regionales está a cargo de un Jefe de Departamento, responsable ante el Director Ejecutivo, y tiene las siguientes funciones:

  1. en materia de investigación y gestión de la información:
  1. elaborar, coordinar y promover proyectos regionales de investigación y estudios comparativos que le sean asignados;
  2. desarrollar e implementar instrumentos de evaluación y monitoreo de programas y proyectos sociales;
  3. identificar canales de comunicación con la Reunión Especializada de Estadísticas del MERCOSUR (REES) y otros ámbitos de manejo de estadísticas en materia de indicadores sociales;
  4. generar y articular redes con centros de investigación e investigadores;
  5. organizar mesas de discusión, cursos de capacitación y talleres sobre políticas sociales, priorizando la modalidad virtual, la que deberá realizarse mediante la Plataforma MERCOSUR de Formación;
  1. en materia de promoción e intercambio de políticas sociales regionales:
  1. proponer y promover estrategias y políticas para la articulación de políticas sociales en la región;
  2. brindar asesoramiento y asistencia técnica en la implementación, monitoreo y evaluación de programas y proyectos sociales regionales;
  3. gestionar un sistema de información sobre oferta y demanda de intercambio de experiencias en políticas sociales de los Estados Partes y Estados Asociados, así como generar espacios y organizar eventos para dichos intercambios;
  4. coordinar los programas de cooperación técnica ofrecidos por el ISM en su área de competencia;
  5. identificar y elevar a la Dirección Ejecutiva iniciativas de cooperación internacional en su área de competencia;
  1. en materia de política comunicacional compete al Departamento, en coordinación con las instancias con competencia específica y de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Decisión CMC N° 47/14, sus modificatorias y/o complementarias:
  1. elaborar contenidos en materia de su competencia para la política comunicacional del MERCOSUR;
  2. difundir y divulgar las acciones y actividades del ISM, preferentemente por medios digitales;
  3. mantener actualizados los contenidos del sitio web del ISM;
  4. desarrollar, editar y difundir publicaciones realizadas en el marco del ISM, preferentemente por medios digitales.

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